Señores Concejales, tienen la palabra.

Muchos ciudadanos están descubriendo con estupor que sobre sus cuentas en el sistema financiero nacional pesa una orden de retención de fondos por concepto de adeudo de impuestos municipales a la propiedad automotor.

Para conseguir la orden de retención de fondos, ha resultado cómodo para los Gobiernos Autónomos Municipales ingresar al RUAT para determinar cuál es el último ciudadano que cumplió con las leyes y registró el vehículo automotor a  su nombre; así este ya no sea el actual propietario y tenedor del mismo.

El impuesto a la propiedad automotor o tasa al rodado, tiene una finalidad específica que implica la imposición de una carga tributaria al vehículo automotor que permite su libre circulación por el territorio del Gobierno Municipal de radicatoria del automotor. Dicho de otro modo, si el propietario de un vehículo no paga el impuesto a la propiedad automotor, el vehículo no puede circular por el territorio municipal y debe ser objeto de captura por parte de las autoridades de tránsito. El gobierno de la ciudad, no puede afectar al último ciudadano que figura como propietario con la retención de fondos, ya que la sanción debe ser contra el vehículo que, por falta de pago de impuestos, está impedido de circular en el territorio del municipio de radicatoria.

Cuando decimos último ciudadano que figura como propietario, nos estamos refiriendo al buen ciudadano que respetuoso de las leyes registró el vehículo y obtuvo el respectivo carnet de propiedad que además constituye el único documento idóneo para acreditar la propiedad de un vehículo automotor conforme al art. 121 del Código de Tránsito. Sin embargo, la realidad nos muestra que existen miles de automotores cuyos propietarios o tenedores reales, no han cumplido con el registro automotor del vehículo ante el Gobierno Autónomo Municipal y el gobierno de la ciudad, ha encontrado en quienes figuran como últimos propietarios, una fuente de ingresos que de legales no tienen nada y si mucho de extorsivos; por cuanto, para conseguir que una cuenta sea desbloqueada en el sistema financiero nacional, los ciudadanos afectados no tienen otra opción que pagar así sea mediante planes de pago, adeudos que legal y moralmente no tienen que pagar y sin saber que la extorsión tributaria no va terminar cuando cumpla la última cuota de su plan de pago; por cuanto, de aquí a unos años, nuevamente estarán como deudores y con la retención de fondos en puertas.

Si un vehículo no paga impuestos al Gobierno Municipal de su radicatoria, pierde el derecho a circular en el ámbito territorial municipal, tampoco puede abastecerse de combustible, adquirir SOAT o cualquier otro seguro privado y finalmente, no puede acceder a la inspección técnica que de mamera periódica realiza la Unidad Operativa de Tránsito. La razón es simple, si no tributa no puede circular por las calles del gobierno municipal de radicatoria; por lo tanto, por falta del pago oportuno de sus tributos no está habilitado para abastecerse de combustible y mucho menos para adquirir SOAT u otro seguro privado, al carecer de la primera condición que es la imposibilidad de circular por el no pago de tributos a la propiedad automotor o tasa al rodado.

El gobierno de la ciudad, por su propia naturaleza y finalidad no puede ser un gobierno agresivo con los ciudadanos y contrariamente a ello, debe ser un gobierno amigable y tener reglas claras. No puede afectar al último propietario que figura en sus registros quien como buen ciudadano procedió al registro de su propiedad automotor ante el gobierno municipal. La única afectación al derecho de propiedad o sanción, es no permitir que un vehículo que adeuda tributos circule en el territorio municipal de radicatoria disponiendo la inmediata captura para sacarlo de circulación concediendo un término para que el propietario o tenedor del mismo pague los tributos dentro de un término perentorio y ante el incumplimiento se proceda al remate en pública subasta. No negamos que existe una mala práctica de no registrar el derecho de propiedad automotor por parte de los adquirentes o compradores; sin embargo, ello no da lugar a que el gobierno municipal, castigue al último ciudadano que cumplió la ley registrando su derecho. El buen ciudadano no puede ser castigado de manera ilegal e indebida como se lo está haciendo.

Los Gobiernos Autónomos Municipales están conformados por un Alcalde y Concejales que desde el momento que son electos y asumen funciones nos representan a todos sin importar el color político, orientación sexual, raza ni credo religioso; es el momento que hagan algo y eviten que los buenos  ciudadanos sean afectados en sus derechos por adeudos tributarios a la propiedad automotor y hagan lo que se debe hacer, sancionar una Ley  Municipal que disponga la captura de todo vehículo que tenga adeudos tributarios a la propiedad automotor y coordinar con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) para que todos los vehículos con adeudos tributarios no sean abastecidos de combustible y tampoco puedan adquirir el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) u otro seguro privado y tampoco acceda a inspección técnica ocular. El beneficio a no dudarlo, es para los gobiernos municipales que podrá cobrar a quien está obligado a hacerlo y los ciudadanos que podrán disfrutar de un tráfico menos caótico, ya que los automotores que adeudan tributos a la propiedad automotor, se cuentan por miles.

La ciudadanía espera que cumplan con su rol y puedan hacer algo que ponga punto final a la práctica extorsiva que se viene ejecutando a diario, afectando a miles de ciudadanos y ciertamente, cuando el dolor es de uno, nadie lo acompaña hasta que le toca y se da cuenta que no había sido el único.

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